 Forma parte de los organismos deontológicos del Colegio de Ingenieros del Perú, creados y normados por lo dispuesto en el Título V del Estatuto del CIP. Está integrado por ocho (8) miembros designados por la Asamblea Departamental.
Su objetivo principal es vigilar el comportamiento ético de los colegiados, de acuerdo al Código de Ética que fue aprobado por el Congreso Nacional de los Consejos Departamentales, organismo máximo del Colegio de Ingenieros.
La función principal del TDEL es la de investigar las infracciones cometidas por un colegiado a las normas del Código, ya sea por denuncia de un tercero o por oficio, en casos especiales, y emitir la resolución final correspondiente.
Para ello se apoya en el dictamen de la Fiscalía Departamental de Lima y en el informe de una Comisión Investigadora (COIN) compuesta por tres (3) miembros. Las penas que puede aplica el TDEL son: amonestación, suspensión o expulsión, dependiendo de la gravedad de la falta, y de lo que estipule en el Código de Ética.
Miembros Titulares:
Nombre y Apellidos
| Reg. CIP |
Capítulo
|
Cargo
|
| Ing. CIP José Benavides Muñoz |
740 |
Ing. Civil |
Presidente |
| Ing. CIP Félix Arturo Delgado Pozo | 3800 |
Ing. Civil |
Vicepresidente |
| Ing. CIP Carlos Julio Ciudad Mazzi | 87866 |
Ing. Electrónica |
Secretario |
| Ing. CIP Sonia F. Cerrón Navarro |
23031 |
Ing. Quimica |
Miembro titular |
| Ing. CIP Lila Zelidee Castro Vicente | 62867 |
Ing. Forestal |
Miembro titular |
| Ing. CIP Jaime Arturo Lescano López | 74976 |
Ing. Industrias Alimentarias |
Miembro titular |
| Ing. CIP Pedro Pascual Córdova Alva | 11189 |
Ing. Agronómica |
Miembro titular |
| Ing. CIP María Pilar Alonso Cavassa |
10876 |
Ing. Civil |
Miembro titular |
Miembros Suplentes:
Nombre y Apellidos
|
Reg. CIP |
Capítulo
|
Cargo
|
| Ing. CIP César Augusto Bazán Rubio |
18959 |
Ing. Electrónica |
Miembro suplente |
| Ing. CIP Flor Galarreta Rios |
43563 |
Ing. Industrial y Sistemas |
Miembro suplente |
CÓDIGO DE ÉTICA (Descargar)
PROCESO DISCIPLINARIO POR INFRACCIÓN AL CÓDIGO DE ÉTICA - Formularios:
* Denuncia (Descargar)
* Anexo Demanda 01 - Denunciante (Descargar)
* Anexo Denuncia 02 - Denunciado (Descargar)
* Descargos (Descargar)
REQUISITOS PARA PRESENTAR UNA DENUNCIA:
Toda denuncia debe estar basada o contemplada en el Código de Ética del CIP
Debe presentarse por escrito, en original y una copia, dirigida al Tribunal Departamental de Etica, conteniendo:
1. Nombre del denunciante, documento de identidad, dirección de su domicilio y/u oficina, teléfono, correo electrónico, etc. De ser Ingeniero deberá consignar el número de colegiatura.
2. Nombre, documento de identidad, y poder vigente del representante o apoderado, si no comparece el denunciante por sí mismo.
3. Nombre, colegiatura y otros datos de identificación del denunciado.
4. Exposición en forma clara y concreta de lo expresado en la denuncia con la enunciación clara, precisa, ordenada y enumerada, de los hechos en los que se funda la denuncia.
5. Los artículos del Código de Etica del CIP que se suponen vulnerados.
6. Medios probatorios pertinentes
La firma del denunciante o su representante o apoderado (huella digital, si fuera el caso).
CONSIDERACIONES ADICIONALES
El denunciante deberá acompañar a la denuncia
1. Documentos o copias claramente legibles.
2. Carta poder con firma legalizada cuando se actúa en representación de persona (s) natural (es), en la cual conste específicamente la autorización para presentar denuncia y, de ser el caso, seguir representando al principal en el curso del proceso.
3. La documentación que acredite la representación, si se trata de una persona jurídica, conteniendo claramente las facultades especificas para efectuar la denuncia e intervenir en el proceso.
La documentación probatoria destinada a sustentar la denuncia.
DE LA INADMISIBILIDAD
El tribunal declarará inadmisible una denuncia cuando se presenten una o varias de las características siguientes:
1. Si no cumple con todos los requisitos que se han enumerado.
2. Si la denuncia la formula un ingeniero que no se encuentra habilitado.
En los casos en que ello proceda el tribunal podrá solicitar al denunciante subsanar la omisión en un plazo de 15 días. Si no se subsanara la omisión se ordenará el archivo del expediente. El denunciante podrá solicitar que se devuelvan los documentos que adjuntó a su denuncia.
DE LA IMPROCEDENCIA
El Tribunal declarará Improcedente una denuncia cuando se presenten una o varias de las siguientes características.
1. Si el denunciado no es miembro del Colegio de Ingenieros del Perú.
2. Si el hecho que se denuncia escapa al fuero de la ética profesional y, en consecuencia, el Tribunal carece de competencia para juzgarlo.
3. Si no se puede evidenciar claramente una conexión lógica entre los hechos y la denuncia.
4. Si el Tribunal advierte que la falta denunciada ha prescrito, según el Estatuto del CIP.
Si el Tribunal declara Improcedente una denuncia lo comunicará así al denunciante y ordenará el archivo del expediente.
Si el denunciante decidiera apelar la Resolución de Improcedencia ante el Tribunal Nacional se le solicitará que, previamente, cumpla con abonar la tasa correspondiente.
TASAS VIGENTES
De acuerdo con lo estipulado en el art. 4.80 del Estatuto 2005 del CIP para la activación de los procesos disciplinarios rigen las siguientes tasas:
La primera presentación de una denuncia no conlleva el pago de tasa alguna.
Si la Fiscalía Departamental al examinar una denuncia autoriza al TDE a abrir el correspondiente proceso se le comunicará al denunciante para que abone la tasa del 1 % de la UIT a fin de que el proceso continúe.
Si una Resolución del TDE es apelada ante el Tribunal Nacional de Etica el apelante deberá cumplir, previamente a su trámite, con abonar la tasa del 10 % de la UIT.
Si una Resolución del TNE es apelada ante el Congreso Nacional de los Consejos Departamentales el apelante, previamente a su trámite, deberá cumplir con abonar la tasa de 1 UIT.
Horario de atención:
Lunes, martes y viernes: 10:00 h. a 18:00 h.
Miércoles y jueves: 14:00 h. a 18:00 h.
Telf: 202-5047 E-mail:
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Consejo Departamental de Lima - CIP - Calle Guillermo Marconi 210 San Isidro
Nueva Central Telefónica 202-5000
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